Abierto el plazo para la petición de destino en la categoría de pinche del Servicio Andaluz de Salud

Abierto el plazo para la petición de destino en la categoría de pinche del Servicio Andaluz de Salud

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El plazo de petición de destino se extiende hasta el próximo 30 de noviembre

El pasado 9 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la apertura del plazo para presentar petición de destino en la categoría de pinche del  Servicio Andaluz de Salud (SAS). El plazo estará abierto durante 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación en BOJA, es decir, hasta el próximo 30 de noviembre (inclusive). Además, también se ha abierto el plazo para presentar la alteración del orden de prelación de la misma categoría.

El equipo de trabajo del área de Empleo de Plena inclusión Andalucía ha elaborado un documento de ayuda para presentar las solicitudes y aclarar las dudas que han ido llegando a este departamento.

Son dos las solicitudes que las personas interesadas deben hacer:

1.- Solicitud de destino y declaraciones responsables en la Ventanilla Electrónica (VEC). 

Los formularios están disponibles en la Ventanilla Electrónica del SAS (VEC), a la que se puede acceder a través de este enlace:

VEC o Ventanilla Electrónica del SAS (pinchar aquí)

2.- Solicitud de alteración del orden de prelación y/o ámbito geográfico en el Registro Telemático de la Junta de Andalucía, al que se puede acceder a través de este enlace: Junta de Andalucía – Servicios y trámites (juntadeandalucia.es)

La alteración del orden de prelación pueden solicitarla todas las personas con discapacidad intelectual. No sólo las personas con discapacidad intelectual pueden solicitar la alteración del orden de preferencia, pueden hacerlo también personas con otras discapacidades. Es importante tener en cuenta que tan sólo se le puede conceder a quien lo solicita de manera expresa, es decir, si una persona con discapacidad no presenta la solicitud en el Registro Telemático, no se le concederá alteración en el orden de prelación. 

El SAS reitera la importancia de justificar la alteración del orden de prelación, que ha de basarse en los motivos que recoge la convocatoria (dependencia, desplazamiento y/o análogos). También resaltan desde el SAS la importancia de presentar los documentos justificativos que lo acrediten y que están detallados en la convocatoria, así como cualquier otro informe o documento que pueda acreditar o respaldar el motivo que se alega. Es importante recordar que si se alegan motivos de dependencia se debe acreditar el reconocimiento, nivel y grado de dependencia reconocido. Si se alega desplazamiento, se debe alegar el Dictamen Técnico Facultativo.

En cuanto al Certificado de Capacitación o Certificado de Aptitud para acreditar la capacidad funcional, hay que presentarlo en el momento de la toma de posesión. Si la persona interesada aún no lo posee, es recomendable solicitarlo al Centro de Valoración correspondiente.

Toda la información relativa de este proceso selectivo de pinche está en el siguiente enlace:

Consulta del proceso selectivo PINCHE SAS (pinchar aquí)

  • BOJA 216 de 3 de noviembre de 2020
  • Documento Informativo sobre cómo solicitar la petición de destino y la alteración del orden de prelación elaborado por Plena inclusión Andalucía
  • Documentos de apoyo para cumplimentar el formulario de petición de alteración de orden de prelación en el Registro Telemático en caso de alegar sólo dependencia y en el caso de alegar dependencia y desplazamiento.

 

 

 

 

 

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